La grave levedad del accidente de trabajo

El pronóstico de un accidente de trabajo o enfermedad profesional es una decisión de importante, "graves", consecuencias. De dicho pronóstico se extraen posibles investigaciones de las autoridades laborales y servicios de prevención que trabajarán en pro de la disminución de la probabilidad de que se repita otro hecho igual.

Pero, ¿es lógico que sea el médico el responsable de catalogar el pronóstico de un accidente?. Dependiendo de a quién le preguntemos, y de en qué momento lo hagamos, posiblemente las respuestas serán muy diferentes.

Es lógico que el médico responsable del caso quiera catalogar el pronóstico de las dolencias de su paciente. Es lógico que este pronóstico de un clínico, esté basado en la evaluación clínica de las posibles consecuencias de dichas dolencias. Habitualmente esta es una respuesta lógica a la cuestión del pronóstico, sin embargo existen muchas combinaciones posibles que hacen de esta valoración un parámetro poco válido para establecer la necesidad o no de una investigación de las medidas de prevención existentes en el momento del accidente.

No es infrecuente la existencia de accidentes ocurridos sin las adecuadas medidas de prevención, y que sin embargo no ocasionan lesiones de relevancia clínica, por lo que estaríamos hablando de un accidente leve catalogado por quien hoy en día es el responsable, el médico, pero grave desde el punto de vista del incumplimiento de las medidas adecuadas de prevención en riesgos laborales. De la misma forma son habituales accidentes en los que las medidas de prevención y protección hacia los trabajadores son correctas, y que sin embargo a pesar de las mismas ocasionan lesiones importantes susceptibles de ser catalogadas como graves.

El debate se amplia en el momento en el que la definición de grave o leve no está generalizada entre los sanitarios de la Patología Laboral, y cada uno adopta métodos varios para valorar el pronóstico de sus pacientes: desde métodos subjetivos basados en su propia experiencia, hasta diferentes definiciones publicadas en la literatura médica.

El BOE que regula la emisión de los partes de baja médica dicta sólo la necesidad de catalogar el proceso como leve o grave, pero no define estas dos posibilidades.

De toda esta situación se extraen dos cuestiones claves cuya resolución ayudaría a este proceso:

1. Estandarización de las definiciones de Leve y Grave
2. Diferenciación de un pronóstico médico y un pronóstico preventivo

Para la primera de las cuestiones, a través de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo o de las Sociedades de Médicos de Mutuas de Accidentes de Trabajo, deben trasladarse a la comunidad sanitaria indicaciones que lleven a un estandar utilizable por todos. Desde estas líneas me permito proponer una que entiendo como muy válida por medir aspectos fundamentales en el devenir de las consecuencias de un accidente de trabajo:
Leve: las lesiones no comprometen la vida del paciente y a priori es improbable que ocasionen lesiones permanentes invalidantes de forma total para su trabajo habitual
Grave: las lesiones comprometen la vida del paciente o por su naturaleza es probable que ocasionen futuras secuelas que invaliden al paciente de forma total para su trabajo habitual.
En cuanto a la segunda cuestión, la solución pasa por una modificación de la norma que pueda regular este aspecto y que a partir del pronóstico preventivo, o incluso de su combinación con el médico, se puedan sacar las conclusiones adecuadas de cara a aplicar mejoras en las medidas preventivas y en los casos de incumplimiento se puedan ejecutar políticas sancionadoras.

La grave levedad, o la leve gravedad de un accidente sigue siendo motivo de controversia, en el diálogo está la única opción de acuerdo.

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